Acoprovi acoge aprobación de la Ley de Alquileres, tras las modificaciones sugeridas

“Valoramos positivamente que el proceso de revisión legislativa haya considerado nuestras recomendaciones”, dice la entidad en un documento.

julio 18, 2025 11:26 am . .

Al haberse acogido sus observaciones relativas a aspectos fundamentales del anteproyecto de Ley de Alquileres de Bienes Inmuebles y Desahucios, la Asociación Dominicana de Constructores y Promotores de Viviendas (Acoprovi) manifestó su posición favorable respecto a la aprobación del instrumento legislativo.

Indica que las observaciones remitidas a la Cámara Baja, el día 3 del presente mes, tuvieron una favorable recepción, acorde con el interés de aportar a un sector inmobiliario robusto, que impacte positivamente en la ciudadanía y los oferentes de estos servicios.

“Valoramos positivamente que el proceso de revisión legislativa haya considerado nuestras recomendaciones con relación al equilibrio entre derechos contractuales, garantías procesales y dinamismo del mercado inmobiliario”, dice la entidad en un documento.

Señala que las recomendaciones acogidas fueron:
1. Se eliminó la cláusula que establecía como obligatoria la conciliación preprocesal, lo cual reduce cargas procesales innecesarias y evita la imposición de etapas que pueden retrasar la resolución de conflictos entre arrendadores y arrendatarios.

2. Se precisó que el incremento máximo del canon de arrendamiento, correspondiente al diez por ciento (10 %), solo procede en ausencia de estipulación expresa entre las partes, garantizando el respeto a la autonomía de la voluntad contractual.

3. Se suprimió la disposición que otorgaba al inquilino una opción de compra obligatoria sobre el inmueble arrendado, preservando así la libertad del propietario para disponer de su bien conforme a su interés legítimo.

4. Se remitieron las sanciones aplicables en el proceso de ejecución al marco previsto en la Ley sobre la Fuerza Pública, lo que establece un criterio uniforme en materia de cumplimiento de decisiones judiciales y procedimientos de desahucio.

5. Se estableció un plazo máximo de quince (15) días hábiles para interponer el Recurso de Apelación contra sentencias dictadas en materia de vivienda, lo cual aporta mayor certeza jurídica al procedimiento y facilita su adecuada tramitación.

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