Acoprovi apoya devolución de aportes a los afiliados tardíos
julio 3, 2014 7:10 am . Noticias.
El presidente de la Asociación de Constructores y Promotores de Viviendas (Acoprovi) apoyó que a los afiliados de ingreso tardío al sistema de pensiones les devuelvan todos sus aportes en un solo pago, si al cumplir los 60 años no acumulan para una pensión digna.
Con su posición, Fermín Acosta se suma a una amplia gama de sectores y personalidades que claman por la devolución en un solo pago de los aportes hechos por los empleados que cuando inició el régimen previsional de la Seguridad Social, tenían 45 o más años y que al llegar a los 60 años no han acumulado recursos suficientes para obtener una pensión digna.
Para hoy el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) tiene como el punto 7 de su agenda analizar una propuesta de la Asociación Dominicana de Administradoras de Fondos de Pensiones (ADAFP), en la que abogan por la devolución completa en un pago único de los aportes, en dos circunstancias. Una de esas circunstancias es que el afiliado de ingreso tardío al cumplir 60 años no haya acumulado en su cuenta de capitalización individual (CCI) aportes suficientes para obtener una pensión mínima equivalente al 40% del promedio de sus últimos 12 salarios, y una segunda condición, que el afiliado, sin importar su edad, padezca una enfermedad terminal certificada por la comisión autorizada a esos fines.
Además de la petición oficial de la ADAFP, han opinado favorable a la devolución completa de los aportes a los afiliados de ingreso tardío, la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA), el Consejo Nacional de la Unidad Sindical (CNUS), el diputado Ramón Cabrera, presidente de la comisión de Presupuesto de la Cámara Baja, y los economistas y consultores Arismendi Díaz Santana y Sterling Jiménez.
Consultado ayer por elCaribe sobre el tema, el presidente de Acoprovi, respondió: “los aportes de los trabajadores son propiedad de ellos y deben ser reembolsados bajo cualquier modalidad más los beneficios acumulados”.
El debate sobre la forma de devolución de los aportes a los afiliados de ingreso tardío surgió luego que trabajadores que han cumplido 60 o más años de edad y han dejado de trabajar, se han acercado a su AFP para que, según establece la Ley de Seguridad, les devuelvan sus aportes y les han dicho que el mecanismo está establecido por la Superintendencia de Pensiones, mediante la resolución 356-13, emitida en octubre del año pasado, pero que se conoció recientemente, en ocasión de los reclamos.
Reclamaciones están ya en los tribunales
Varios reclamos han sido convertidos en casos judiciales, iniciados por algunas AFP en representación de afiliados que han pedido la devolución completa de sus aportes, obviando pagos programados de sus montos, cual si fueran pensiones. Los pagos programados son prorrateos de la devolución del monto acumulado en la cuenta del afiliado, en sumas descendentes y en un período de tiempo establecido, según la esperanza de vida del afiliado. No es una mensualidad fija ni de por vida del afiliado.