Apoya nulidad de resolución doble tributación
julio 3, 2012 7:50 am . Noticias.
Santo Domingo.– La Asociación Dominicana de Constructores y Promotores de Viviendas (Acoprovi) destacó como un logro de todo el sector de la construcción nacional el hecho de que el Tribunal Constitucional declarara como nula e inconstitucional la resolución 112-2000 del Ayuntamiento del Distrito Nacional (ADN), que buscaba imponer una doble tributación a los propietarios de inmuebles.
En comunicado enviado a los medios de comunicación, el presidente de Acoprovi, Fermín Acosta, destacó que la entidad vela por el fiel cumplimiento de las leyes de parte de sus socios, pero igualmente refuta las propuestas legislativas que maltraten o deterioren al sector.
En julio del 2001 Acoprovi apoderó del caso a la Suprema Corte de Justicia (SCJ), en funciones de Tribunal Constitucional, y finalmente, tras la espera de once años, logra obtener un fallo contra la resolución que ordenaba el pago de un impuesto de 5.25% al valor de las viviendas suntuarias y solares urbanos no edificados, pago que estaba contemplado en la ley 18-88.
El dispositivo de la sentencia del Tribunal Constitucional indica que la normativa, emitida por el ADN en junio de 2000, se constituye en una doble tributación para los dueños de inmuebles en el Distrito Nacional, quienes debían pagar también los impuestos contemplados en la ley 18-88.