Efectos secundarios
junio 26, 2012 9:50 am . Noticias.
Los economistas saben bien que cualquier medida que se tome en el ámbito de la política económica genera consecuencias de diversa índole. Por esa razón, quienes se ocupan del diseño de dichas medidas normalmente tratan de tomar en cuenta todos esos efectos, o al menos los más significativos, antes de recomendar que tal o cual política sea puesta en vigor.
A veces ocurre, sin embargo, que en el debate sobre algunas medidas esa visión completa se oscurece, quedando su evaluación en base sólo a sus efectos más directos e inmediatos.
Las exenciones de impuestos es uno de los tópicos en que ese oscurecimiento suele acontecer. Con frecuencia se calcula el «sacrificio» fiscal que las exenciones implican en base a aplicar la tasa impositiva no cobrada al valor que tiene la actividad exenta. Es decir, se calcula cuánto se ha dejado de recaudar multiplicando el monto potencialmente gravable por el porcentaje del tributo, o simplemente estimando su monto si el gravamen fuese específico.
Ese método de cálculo involucra un importante supuesto. Asume, implícitamente, que la actividad beneficiada por la exención seguirá igual después de ser gravada; que el impuesto no va a constituir un desincentivo y provocar que la inversión, o el consumo, se alejen parcial o totalmente de dicha actividad.
A fin de cuentas, ese supuesto de cálculo es equivalente a decir que la exención no es necesaria, pues si el impuesto no cambia nada es porque la actividad económica en cuestión no necesita de ese incentivo para llevarse a cabo.
¿Pero es así realmente? En las próximas discusiones sobre reforma tributaria, las exenciones ocuparán una destacada posición. Se debatirán las exenciones de las zonas francas, turismo, intereses, combustibles, ITBIS y otras que favorecen a diferentes actividades. Convendrá evaluar con cuidado los efectos secundarios que su eventual reducción o supresión podría tener.
POR GUSTAVO VOLMAR
Publicado en el Diario Libre